Garantía De Alquiler Arrendado



Una garantía de un banco que luego se arrienda a un tercero a cambio de una comisión. El banco lleva a cabo una diligencia debida sobre la solvencia del cliente que solicita la garantía bancaria. Una vez aprobado, el banco emisor se convertirá en garante de las deudas contraídas por el prestatario, hasta el importe de la garantía.


Definición de Garantía De Alquiler Arrendado

Término en inglés: Leased Back Guarantee


Más términos de la categoría g




Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.