Terminación Por Defecto
Cláusula contractual tipo que da al cliente el derecho de rescindir unilateralmente el contrato si el contratista no cumple con los términos especificados. Por lo general, el contratista no tiene derecho a ningún pago por la parte inacabada del contrato y, en su lugar, puede ser responsable de (1) el reembolso del dinero adelantado, (2) liquidado y otros daños y perjuicios, y (3) el exceso de costos incurridos por el cliente en completar el contrato bajo un nuevo contratista. Vea también la terminación por conveniencia.