Contratista Independiente
Trabajador por cuenta propia (arquitecto, consultor, ingeniero, etc.) que presta ciertos servicios a un tercero llamado el principal (o cliente o propietario), o a un tercero en nombre del cliente. Un contratista independiente no está bajo el control, guía o influencia del cliente y, a diferencia de un empleado, no debe cumplir con un deber fiduciario. El cliente no deduce los impuestos sobre la nómina de pago (o la retención) de los pagos al contratista independiente, ni contribuye la parte del empleador. Para ser designado legalmente como contratista independiente, un individuo debe (1) estar libre del control del cliente, (2) ser capaz de ejercer su juicio en cuanto a la manera y los métodos para lograr el resultado final, y (3) ser responsable del resultado final sólo bajo los términos del contrato.