Sin Respaldo De Recurso
Una cláusula insertada en un acuerdo que indica que el endosante no desea incurrir en responsabilidad si el documento de título no es respetado. Es esencialmente decir que la otra parte está celebrando un acuerdo bajo su propio riesgo. Por ejemplo, si la Parte A (el “endosante”) firma una letra de cambio que contiene un endoso sin recurso con la Parte B (el “endosante”) sobre un instrumento financiero, la Parte B firma un acuerdo con la Parte C sobre el mismo instrumento, y el instrumento es deshonrado, la Parte B no puede solicitar el pago de la Parte A. Con frecuencia, los endosos sin recurso son hechos por aquellos con capacidad representativa en lugar de los que actúan como mandantes.