Poder

. Habilidad de causar o prevenir una acción, hacer que las cosas sucedan; la discreción de actuar o no actuar. Frente a la discapacidad, se diferencia de un derecho en que no tiene ninguna obligación de acompañamiento.

2. Ley: (1) Un instrumento que transfiere o confiere autorización legal.
(2) La capacidad conferida a una persona por ley para determinar y alterar (por su propia voluntad) los derechos, deberes, responsabilidades y otras relaciones legales de sí mismo o de otros.


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