Huelga

Colectivo, organizado, cesación o ralentización del trabajo por parte de los empleados, para forzar la aceptación de sus demandas por parte del empleador. En la mayoría de las jurisdicciones requieren que sea legal (1) una huelga debe ser aprobada por la mayoría de los empleados en una boleta secreta, (2) la boleta debe estar sujeta a una verificación independiente si el número de empleados excede un cierto número (comúnmente 50), (3) se debe dar al empleador un aviso de la boleta de huelga inminente al empleador con un cierto número de días de anticipación (comúnmente siete), (4) el empleador debe recibir los resultados de la boleta y, a partir de entonces, (4) el empleador debe recibir los resultados de la boleta.


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