Gravamen Bancario

Tipo de cargo que otorga al banco un derecho automático sobre la propiedad o los activos del prestatario que el banco posee en el curso normal de su negocio. El gravamen bancario es tanto un gravamen posesorio como un gravamen especial: el banco tiene el derecho de embargar y vender la propiedad del prestatario moroso en su posesión, después de dar un aviso razonable pero sin pasar por el procedimiento de ejecución hipotecaria. Sin embargo, la ejecución de un gravamen bancario puede depender del tipo de propiedad y la razón por la que se entregó al banco (o llegó en posesión del mismo). Letras de cambio, saldos de efectivo de crédito, valores negociables (tales como cheques y letras de cambio liquidadas), y pagarés, pueden ser reclamados bajo este gravamen.


Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.