Doctrina Calvo
Principio jurídico, aplicable en las controversias internacionales, de que los extranjeros no tienen más derechos que los ciudadanos de un Estado soberano. Por lo tanto, esas controversias son de la competencia del derecho interno y sólo los tribunales del país anfitrión tienen competencia para conocer del caso. Esta doctrina es parte integral de muchas constituciones y tratados nacionales (especialmente en América Latina) y constituye la base de la cláusula Calvo. Llamado así por el diplomático e historiador argentino Carlos Calvo (1824-1906) que lo propuso en su libro de 1868 “Derecho internacional teórico y práctico de Europa y América”. Véase también la doctrina Monroe.