Cláusula De Escopetas
Disposición recíproca en un acuerdo de accionistas por la que una parte que ofrezca comprar las acciones de la otra parte a un precio determinado debe aceptar la contrapropuesta de la otra parte (propuesta en un determinado número de días) para comprar sus acciones al mismo precio. Típicamente se incluye la cláusula de escopeta cuando dos partes tienen una participación accionarial igual (50-50).