Agencia

Relación fiduciaria entre dos partes en la que uno (el “agente”) está bajo el control del otro (el “principal”). El agente está autorizado por el director para realizar ciertos actos, para y en nombre del director. El comitente está obligado por los actos del agente, realizados en el desempeño de las funciones encomendadas y dentro del ámbito de la autoridad del agente. Una agencia puede ser creada por (1) acuerdo expreso, ya sea oral o escrito, (2) implicación, basado en la costumbre o práctica del comercio, o (3) conducta del principal. Bajo la doctrina legal de estoppel, el principal tiene prohibido negar la existencia de una agencia debidamente constituida.


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