Tasa De Redención
1. Banca: Penalidad impuesta por el acreedor hipotecario (banco o prestamista) si una hipoteca es cancelada (redimida) (1) antes de su fecha de vencimiento, para compensar el interés perdido, (2) después de su vencimiento o fecha de ejecución hipotecaria, por las penalizaciones o los gastos judiciales incurridos.
2. Fondo de inversión colectiva: Multa cobrada por las retiradas de fondos invertidos por el inversor antes de un período especificado (entre un mes y un año) después de la inversión, con el fin de desalentar a los especuladores.