Regla Impostora
Que en los casos en que una persona obtiene un título negociable (por ejemplo, un cheque) haciéndose pasar por otra persona y lo refrenda con la firma de la persona impuesta, la pérdida recae en el librador del título y no en el tercero que lo acepta o en el banco que lo cobra. Vea también la regla del beneficiario ficticio.