Regla De Evidencia Parol
Norma legal según la cual una vez que un acuerdo escrito ha sido debidamente suscrito (firmado por todas las partes interesadas) no puede ser alterado o anulado por ninguna prueba oral que pueda contradecir los términos del acuerdo, excepto en caso de fraude o error. Véase también la doctrina del contrato de garantía.