Prueba Más Allá De Una Duda Razonable
La mayor carga de la prueba en un caso penal, que normalmente recae sobre la fiscalía. Debido a que bajo el derecho consuetudinario se presume que el acusado es inocente, su culpabilidad debe probarse a entera satisfacción del juez o jurado. Sin embargo, este término no implica “fuera de toda duda”. Si la evidencia es tan fuerte que sólo existe una remota posibilidad (y ninguna probabilidad) de una circunstancia atenuante, entonces se considera que la culpabilidad ha sido probada más allá de una duda razonable. Si se requiere el mismo nivel de prueba también en casos civiles sigue siendo objeto de debate.