Nominado

. Entidad nombrada o designada por otro (el nominador) para actuar en su nombre en una capacidad limitada o en un asunto específico.

2. Entidad (el propietario registrado) en cuyo nombre se registran los valores u otros activos y se mantienen bajo un acuerdo de custodia con el propietario real (llamado beneficiario efectivo). Estos acuerdos se utilizan cuando el beneficiario efectivo se encuentra en el extranjero, desea ocultar su identidad o facilitar la negociación o la percepción de ingresos procedentes de varios valores mobiliarios. Los bancos, casas de corretaje y compañías fiduciarias son usualmente nombrados propietarios registrados. Sin embargo, el uso de los nominados no altera la posición del beneficiario efectivo con respecto a las obligaciones fiscales y los requisitos de información.


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