Pendens Lis



1. Cambios, reclamaciones, disputas, intereses o procedimientos relacionados con la tierra, que deben ser registrados en el registro de acciones pendientes. Latín para, una acción pendiente.

2. Norma legal que la presentación de una demanda constituye notificación de la reclamación alegada en ella. Así pues, toda participación adquirida en un bien que sea objeto de una demanda está sujeta a su resolución. Escrito también como litispendencia. Ver también pendente lite.


Definición de Pendens Lis

Término en inglés: Pendens Lis


Más términos de la categoría p




Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.