Cuenta Conjunta



Cuenta bancaria a nombre de dos o más individuos (propietarios de cuenta) que comparten conjuntamente (igualmente) sus derechos y obligaciones concomitantes. Los cotitulares de una cuenta se consideran legalmente como parte integrante del “titular”. Toda acción en su contra (relativa a esa cuenta) se lleva a cabo conjuntamente y no individualmente (varios). Dos tipos de cuentas conjuntas son: (1) Cuenta de Arrendamiento Conjunto (propiedad generalmente de una pareja casada) en la que el propietario puede ejercer individualmente todos los derechos para hacer depósitos o retiros con sus firmas. En caso de la muerte de cualquiera de los propietarios, el sobreviviente toma automáticamente el control único de los activos de la cuenta sin testamento.


Definición de Cuenta Conjunta

Término en inglés: Joint Account


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