Deuda Subordinada

Bonos, obligaciones, acciones (acciones) que, por su naturaleza general, tienen una prelación (subordinada) inferior a la de los activos y ganancias del emisor para el pago de dividendos, intereses y principal. Los tenedores de los valores principales se pagan antes que los tenedores de los valores subordinados. Por ejemplo, el capital social (acciones ordinarias) es menor que las acciones preferentes (acciones preferentes), que son menores que las obligaciones (obligaciones no garantizadas), que son menores que los bonos hipotecarios (garantizados). Por lo tanto, en caso de liquidación de la empresa emisora, los bonos hipotecarios serán pagados en primer lugar y las acciones ordinarias en último lugar.


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