Deuda Soberana
Deuda pública, especialmente la mantenida en bonos denominados en moneda extranjera.
Bajo la doctrina de la inmunidad soberana, el pago de la deuda soberana no puede ser forzado por los acreedores y por lo tanto está sujeto a reprogramación obligatoria, reducción de la tasa de interés, o incluso repudio. La única protección de que disponen los acreedores es la amenaza de pérdida de credibilidad y de rebaja de la posición internacional (la calificación de la deuda soberana) de un país, lo que puede hacer mucho más difícil obtener préstamos en el futuro.