Colateral
. Artículo secundario, subordinado o complementario que acompaña a un artículo primario.
2. Activos específicos (tales como terrenos o edificios) pignorados como garantía secundaria (y subordinada) por un prestatario o garante. El principal valor es generalmente la garantía personal del prestatario, o el flujo de caja de un negocio. Excepto para los clientes altamente solventes (que pueden obtener préstamos sólo con su firma) los prestamistas siempre exigen una garantía si la garantía primaria no se considera fiable o suficiente para recuperar el préstamo en caso de incumplimiento. Se crea un gravamen cuando la garantía colateral se registra en la oficina de registros públicos, dando al prestamista registrado prioridad sobre otros prestamistas en el mismo activo o propiedad.