Cláusula Roja

Disposición especial en el crédito documentario donde el beneficiario (normalmente el vendedor) está autorizado a obtener un anticipo del banco correspondiente sin garantía. La responsabilidad por mora es asumida por el titular de la cuenta (normalmente el comprador) a través del banco emisor. Esta cláusula se escribe generalmente con tinta roja, de ahí el nombre.


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