Carta De Crédito De Reembolso Diferido (L/C)
Acuerdo en virtud del cual el banco que emite una carta de crédito también la financia. El banco paga al beneficiario previa presentación de los documentos exigidos, pero retrasa el cobro de esa cantidad al solicitante hasta una fecha futura. Por lo general, su objetivo es conceder al solicitante un plazo suficiente para revender los bienes financiados.