Boleta De Huelga
Votación secreta realizada entre los miembros de un sindicato para determinar si se va a realizar una huelga y decidida por una clara mayoría. En la mayoría de las jurisdicciones, (1) tanto la intención de proceder con la boleta de huelga como la huelga misma deben ser comunicadas al empleador por lo menos siete días antes de proceder con la misma, y (2) la boleta de huelga debe estar sujeta a verificación independiente cuando el número de empleados exceda una cierta cifra (comúnmente 50). Ver también voto de huelga.