Artículo Xii Sociedad
Empresa de inversión especializada en banca internacional, constituida bajo el Artículo XII de la Ley Bancaria del Estado de Nueva York. Las compañías del Artículo XII son como otras compañías que facilitan los intercambios de divisas y ejecutan transacciones bancarias internacionales, pero por lo general no poseen acciones y no pueden aceptar depósitos en el Estado de Nueva York.